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Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872) |
Sesión: 6 de julio de 1871 |
Cámara: Congreso de los Diputados |
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Vildósola |
Número y páginas del Diario de Sesiones 90, 2.334 |
Tema: Amnistía |
El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Señores, la Constitución del Estado no concede al Monarca la facultad de otorgar amnistías; y esta proposición viene en realidad a dar al Rey unas facultades que la Constitución no le concede. En este concepto, el Gobierno no puede menos de aceptarla, y de aceptarla con gusto, y suplica a los Sres. Diputados que la acepten también. Se trata de una autorización para que si el Gobierno lo cree conveniente proceda a dar una amnistía por delitos políticos. Pues esta autorización no se puede negar al Gobierno; y conviene, en efecto, que la tenga, una vez que en el terreno parlamentario pudiera la actitud de los partidos, las circunstancias políticas y el bien del país, aconsejar esta medida; que si la actitud de los partidos, las circunstancias políticas y el bien del país lo aconsejan, el Gobierno no se detendrá ni un momento en dictarla, porque desea hacer actos de benevolencia. Yo suplico, pues, a los Sres. Diputados que tomen en consideración la proposición presentada por el Sr. Vildósola, dejando a la prudencia del Gobierno el hacer uso de esta autorización cuando las circunstancias se lo aconsejen.